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01

CIRCULARES

Circulares, éstas propiamente no son leyes, sino que constituyen medios o formas de que se valen administrativamente los diferentes poderes o sus dependencias para lograr un mejor desempeño del servicio y, en ocasiones, aclarar el sentido de la ley; estas circulares, para llenar su cometido, son dirigidas a los subalternos. 

02

CONTRALORÍA

Una relevante función que el Estado de Derecho otorga a la Contraloría es la potestad dictaminadora, es decir, la facultad de interpretar las normas jurídicas para el ámbito administrativo y que se materializa en informes jurídicos obligatorios para los servicios sometidos a su fiscalización.

03

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

Su Misión Institucional es: Promover y velar por el cumplimiento eficiente de la legislación laboral, previsional y de seguridad y salud en el trabajo; el ejercicio pleno de la libertad sindical, y el diálogo social, favoreciendo relaciones laborales justas, equitativas y modernas.

04

SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN

La Superintendencia es un servicio público, funcionalmente descentralizado y territorialmente desconcentrado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, y que se relaciona con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Educación.

05

SUSESO

La Superintendencia regula, instruyendo a las entidades que fiscaliza sobre el correcto otorgamiento de los beneficios e interpretando la normativa de seguridad social. Asimismo, la Superintendencia resuelve los casos de apelaciones y reclamaciones presentadas por los interesados. De esta forma, en esta sección se pone en conocimiento de la ciudadanía la normativa que emana de la Superintendencia y la jurisprudencia relevante que surge de la resolución de las reclamaciones; entre otras materias.

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